Tribunal Ambiental inspeccionó humedal urbano de Limache en causa en que EFE es uno de los reclamantes

"Vinimos a visitar básicamente tres puntos referidos a delimitación del humedal respecto de la faja de seguridad de la empresa EFE, que es uno de los reclamantes", explicó Cristián Delpiano, ministro presidente (s) del Tribunal.


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El Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo una inspección personal en los terrenos del humedal urbano al “Reserva Natural Municipal Piedras Blancas”, ubicado en la comuna de Limache, en el marco del análisis de dos reclamaciones presentadas contra el Ministerio del Medio Ambiente por la resolución que declaró el humedal como urbano.

“En la causa referida, relativa a la Reserva Natural Piedras Blancas, venimos a constatar en terreno aquellas cosas que estimamos, como Tribunal, que nos faltaba dar por acreditado, que no teníamos en el expediente. Así vinimos a visitar básicamente tres puntos referidos a delimitación del humedal respecto de la faja de seguridad de la empresa EFE, que es uno de los reclamantes, y además respecto de los puntos límites del humedal con el instrumento de planificación territorial correspondiente a esta comuna que delimitaba el espacio urbano del espacio rural”, explicó Cristián Delpiano, ministro presidente (s) del Tribunal.

Respecto de los pasos a seguir, el ministro Delpiano detalló que “nosotros vamos a procesar los datos que recolectamos en terreno, los vamos a analizar y a partir de eso vamos a tomar una decisión que se va a expresar en una sentencia”.

La medida para mejor resolver fue encabezada por los ministros Cristián Delpiano y Cristián López, junto a un grupo de profesionales del Tribunal y representantes de las partes en conflicto.

Reclamaciones

En el marco del análisis de las reclamaciones, el Tribunal también resolvió, como medida para mejor resolver, oficiar a la Seremi de Bienes Nacionales de Valparaíso para que le informe, en un plazo de 10 días hábiles, acerca del procedimiento administrativo asociado a la solicitud de fijación de deslindes y límites del predio agrícola denominado Fundo Limachito, en virtud del Decreto Ley N° 609, de 1978; y solicitó el envío de los antecedentes cartográficos relevantes de dicho procedimiento.

Cabe recordar que las reclamaciones fueron presentadas por Víctor Celis, propietario del Fundo Limachito, predio sobre el cual se ha reconocido, en 24 hectáreas, dicho humedal urbano; y la Empresa de Ferrocarriles del Estado, dueño de la faja vía entre las Estaciones de Limache y Peñablanca.

Ambos reclamantes solicitan al Tribunal declarar ilegal la resolución del Ministerio, a fin de retrotraer el procedimiento para que sus observaciones sean consideradas debidamente, en el primer caso; o modificarla, con el propósito de excluir de la declaratoria los terrenos de propiedad de la empresa y la faja de protección.

En tanto, el Consejo de Defensa del Estado, en representación del Ministerio del Medio Ambiente, solicita al Tribunal rechazar las reclamaciones, pues sostiene que toda el área delimitada como Humedal Urbano Piedras Blancas por el MMA cumple con los criterios técnicos definidos en el reglamento de la Ley Nº 21.202.

La Ley N°21.202, publicada en enero de 2020, busca asegurar la protección de los ecosistemas de humedales ubicados, total o parcialmente dentro de áreas urbanas, declarados por el Ministerio del Medio Ambiente, por iniciativa propia o a petición del municipio respectivo, introduciendo en la legislación nacional, por primera vez, el concepto de Humedales Urbanos.

Hasta la fecha, el Segundo Tribunal Ambiental ha recibido 15 reclamaciones asociadas a resoluciones del Ministerio del Medio Ambiente que han resuelto procedimientos de declaración de humedales urbanos en las regiones de Valparaíso, Metropolitana y Maule.