Electromovilidad: entra en vigencia la primera normativa para Chile

Resolución de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, publicada en el Diario Oficial, establece los requisitos para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.


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Fue publicada en el Diario Oficial la primera normativa de electromovilidad para Chile, en que se establecen los requisitos para la infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, mediante el pliego normativo RIC N°15, donde se estipulan las condiciones de seguridad que deberán cumplir este tipo de instalaciones de consumo de energía eléctrica, en lugares públicos y privados.

Según las disposiciones del pliego técnico con esta normativa, los puntos de recarga se podrán instalar en estacionamientos de viviendas individuales, en edificios y conjuntos habitacionales, oficinas, locales comerciales, estacionamientos públicos y privados, estaciones de carga, electrolineras y electroterminales de buses.

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En la normativa, emitida por el Ministerio de Energía, a través de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) se contemplan cuatro modos de carga para vehículos eléctricos y tres casos de conexión. Además aborda disposiciones generales, con medidas de seguridad para los instaladores, así como aspectos como empalmes, tableros, alimentadores, conductores y canalizaciones, sistema de puesta a tierra, dimensionamiento de circuitos y protecciones.

También se hace referencia a las características, según el tipo de instalación, el proceso de montaje eléctrico y disposición de equipos, los sistemas de alimentación de vehículos eléctricos, las rotulaciones.

Los pliegos normativos se encontrarán disponibles para la consulta pública en el sitio web de la SEC.