Se publicó reglamento de interoperabilidad para sistemas de recarga

Las disposiciones del cuerpo normativo serán aplicables a los propietarios de infraestructura de carga de vehículos eléctricos, a los operadores de puntos de carga y a los proveedores de servicios de electromovilidad.


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El Diario Oficial publicó el reglamento que establece la interoperabilidad de los sistemas de recarga de vehículos eléctricos. Lo anterior, según dispone la Ley N° 21.305, sobre Eficiencia Energética, vigente desde 13 de febrero de 2021.

De acuerdo con esta norma, el ministerio de Energía regulará la interoperabilidad del sistema de recarga de vehículos eléctricos, “pudiendo normar el funcionamiento de la referida interoperabilidad, así como requerir la información que a tal efecto sea pertinente, todo ello en conformidad con el reglamento que se dictará al efecto”.

Al respecto, el reglamento define interoperabilidad como la “capacidad de los diferentes componentes y sistemas asociados a la infraestructura de carga de vehículos eléctricos, para intercambiar información con la finalidad de que los distintos actores la puedan utilizar colaborativamente para otorgar acceso a los usuarios de vehículos eléctricos y entregar el servicio de carga de vehículos eléctricos y proporcionar la información relativa al funcionamiento del sistema de recarga de vehículos eléctricos y de la operación de los cargadores”.

Las disposiciones del reglamento serán aplicables a los propietarios de infraestructura de carga de vehículos eléctricos, a los operadores de punto de carga y proveedores de servicios de electromovilidad, y a los demás actores del sistema de recarga de VE.

En cuanto a la plataforma de interoperabilidad, esta reunirá la información fija y en tiempo real de cada cargador, incluyendo aspectos como las características técnicas, ubicación geográfica, medios de pago, el precio del servicio y el estado de cada cargador y sus conectores, “facilitando el intercambio de información entre los distintos actores del sistema de recarga de vehículos eléctricos”, detalla el cuerpo normativo.

El reglamento entrará en vigencia una vez transcurridos 18 meses desde su publicación en el Diario Oficial.

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