Ley de aportes al espacio público: Plataforma gestionará evaluaciones de impacto en la movilidad
La plataforma digital de Sistema de Evaluación de Impactos en la Movilidad, desarrollada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), permitirá definirá las mitigaciones de cada proyecto.
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El próximo 18 de noviembre entrarán en vigencia los nuevos mecanismos de la Ley de Aportes al Espacio Público, que regulan los proyectos de crecimiento urbano por densificación y que permitirán contribuir a mejorar los espacios en las ciudades.
Con el propósito de entregar mayores beneficios a las comunidades y sus entornos, el marco regulatorio establece nuevos procedimientos para la solicitud de proyectos y sus respectivas aprobaciones.
Una herramienta clave será la plataforma digital de Sistema de Evaluación de Impactos en la Movilidad (SEIM), desarrollada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), en la que se definirán las mitigaciones de cada proyecto.
Para que los múltiples actores que participan en la gestión de proyectos conozcan el uso de dicha plataforma, el MTT ha estado impartiendo diversos talleres de capacitación, los que seguirán ofreciéndose periódicamente.
Lorena Araya, directora de la División de Normas y Operaciones de la Subsecretaría de Transportes, señaló que “la nueva plataforma diseñada para la revisión de informes de medidas de mitigación de impacto vial de los proyectos, que son una exigencia para los permisos de edificación, será más eficiente, transparente y con tiempos acotados de respuesta. Hemos estado capacitando a municipios y otros organismos con el fin de que esta tramitación sea clara y expedita”.
Nuevas exigencias
Con la nueva normativa debutan los “Informes de Mitigación de Impactos Viales” (IMIV), que reemplazan a los Estudios de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU). Este cambio apunta a realizar una evaluación más integral, ya que en el análisis de impacto vial se añaden los desplazamientos peatonales, de usuarios de ciclos y viajes en transporte público.
Se establece, además, que los proyectos a ejecutarse tendrán la obligación de entregar, como medida de mitigación, aportes monetarios a la municipalidad respectiva o bien otorgar superficies de terreno, lo que será destinado a la materialización de obras que formen parte de un Plan de Inversiones en Infraestructura de Movilidad y Espacio Público (PIIMEP), los que podrán ser de carácter comunal o intercomunal.
Toda persona natural, empresa, organismo o cualquier actor interesado en la ejecución de algún proyecto deberá inscribirse en el Registro de Consultores en Informes de Mitigación de Impacto Vial (RECIMIV) como paso previo a la presentación de los IMIV que estarán categorizados como “intermedio” y “mayor”, dependiendo de sus complejidades. Los IMIV calificados como “bajo” no requieren de la inscripción en el citado registro