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(Paraguay) Plan de acuerdo sobre Yacyretá no sacrificará energía paraguaya

Abr 24, 2007

La fórmula técnica planteada por los gobiernos de Paraguay y Argentina para tornar sostenible la situación financiera de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) no compromete la parte de la energía que por derecho le corresponde a la nación paraguaya. Así demuestran las cifras de la propuesta de entendimiento entre los dos países que está a […]

La fórmula técnica planteada por los gobiernos de Paraguay y Argentina para tornar sostenible la situación financiera de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) no compromete la parte de la energía que por derecho le corresponde a la nación paraguaya. Así demuestran las cifras de la propuesta de entendimiento entre los dos países que está a consideración de los Congresos de ambos países y que en la fecha será debatido con la sociedad civil en una audiencia pública prevista en la Cámara de Diputados, a partir del 8.30 horas.

La propuesta de reestructuración de la deuda con el gobierno argentino plantea la eliminación de todos los intereses generados y futuros, así como el denominado factor de ajuste (actualización del valor del dinero) también generados y futuros. Esto significa que la deuda de US0.885 millones quedaría en US.688 millones, con una disminución efectiva de US.197 millones. Así señala un informe suministrado por César Bordón, asesor de comunicación social de la EBY.

El documento describe que los US.688 millones son aportes efectivamente realizados por la Argentina para la construcción de la obra, según el balance contable al 31 de diciembre del 2005.

El funcionario precisó que en estos momentos, los auditores externos de ambos países se encuentran en pleno proceso de certificación de la deuda de Yacyretá que integra la Propuesta de Acuerdo y que una vez concluida dicha tarea, será puesta a disposición de la Contraloría General de la República.

Las otras deudas de la EBY, además de los US.688 millones, referidas a las bancas multilateral y privadas (US94 millones); los aportes del Gobierno Argentino para la terminación del emprendimiento (US30 millones) y el monto necesario para el pago de la deuda de la ANDE con el BNA – Banco de la Nación Argentina (US06 millones), tampoco devengarán intereses ni actualizaciones del dinero. La deuda así consolidada ascendería finalmente a US.218 millones.

Pago con energía

El informe de la EBY aclara que como no existirá en el futuro actualización del dólar (históricamente cerca del 3% anual, que de aplicarse significaría una cuota de devolución de alrededor de US70 millones/año sobre los US.218 millones, para un periodo de pago de 42 años), se propone que la nueva deuda consolidada sea convertida en energía y que sea pagada en un periodo pago de 42 años, retirándose anualmente una porción de energía por un monto de dinero que resulta de dividir la deuda consolidada en 42 años (6.218/42 = US$ 148 millones/año, que se mantendrá invariable en el período).

Se ha propuesto este periodo de pago, a los efectos de que la energía destinada para la cancelación de la deuda, no supere en ningún caso el 50% de la energía a ser producida en la central, garantizando de esa manera que la Ande tenga disponible el otro 50% para su contratación, correspondiente a la energía a que tiene derecho el Paraguay, conforme al Tratado de Yacyretá. De plantearse menores plazos para cancelar la deuda, necesariamente parte de la energía paraguaya estaría comprometida para el pago.

Por tanto, la deuda consolidada de la EBY (US.218 millones) se convierte en términos de energía (350.750 GWh), cuyo monto surge de la aplicación del Anexo «C» del Tratado a valores actuales de costos para una proyección financiera de 42 años, resultando una tarifa promedio para dicho periodo de US7,73/MWh.

Este Gobierno no reconoce la validez de la NR 92, pero no puede desconocer que inaceptables omisiones de gobiernos anteriores han hecho que la misma tenga aplicación provisoria. No obstante desde el inicio de sus gestiones como Presidente de la República, el Dr. Duarte Frutos ha buscado cerrar definitivamente el amargo capítulo que nos abriera la NR 92.

En efecto, tomando en consideración el Art. 21 del Tratado de Yacyretá, que establece el mecanismo a seguir en casos de controversias, a finales del 2003 se ha creado una comisión negociadora binacional cuyo resultado hoy tenemos a la vista con la Propuesta de Acuerdo que está siendo ampliamente debatida en todos los estamentos de nuestra sociedad (Poder Legislativo, Poder Judicial, Sindicatos, Universidades, organizaciones no gubernamentales, etc.) como nunca antes realizado.

De aprobarse este documento por los Congresos de ambos países, será sepultada definitivamente la NR 92, y el Paraguay percibirá a partir del presente año, aquellos US00 millones en concepto de compensaciones, que fueran diferidos para su pago recién a partir del 2019.

La tarifa de 17,73 US$/MWh, se utiliza única y exclusivamente para convertir la deuda consolidada (6.218 millones de US$) en energía.

La tarifa que regirá para cada año, será calculada conforme el Anexo «C» del Tratado, y será aplicada para la facturación absolutamente de toda la energía suministrada por la central hidroeléctrica en ese año.

La cancelación de la cuota anual de la deuda consolidada (148 millones de US$), se efectuará mediante el suministro de la energía, resultante de dividir esa cuota anual por la tarifa que regirá para ese año en particular, calculada conforme el Anexo «C» del Tratado.

En conclusión, el Acuerdo es una propuesta de solución de la controversia planteada con la NR 92 entre la República del Paraguay y la República Argentina, consiguiéndose en consecuencia el retorno a los Términos del Tratado, además de: la viabilidad financiera del emprendimiento; el pago al Paraguay, desde este año, de importantes montos de dinero diferidos; la integración del capital de la ANDE y la cancelación de su deuda con el BNA.

El precio será único para toda la energía a ser producida por Yacyretá, iniciándose con valores relativamente altos y disminuyendo en el tiempo, con lo que la ANDE y su contraparte Argentina tendrán energía cada vez más barata. En el caso de la ANDE, coincidiendo con aumentos de su demanda de energía en el futuro.

La Propuesta de Acuerdo para los Gobiernos es una alternativa para dar solución definitiva al grave problema financiero de la Entidad y, concomitantemente, honrar todos los compromisos con los Estados Partes establecidos en el Tratado. Es el resultado de más de tres años de intensas negociaciones con el mayor de los esfuerzos y con espíritu patriótico.

Se anulará el Anexo C, cuya vigencia temporal es ilegal

La aprobación por los Parlamentos de Paraguay y Argentina de la Propuesta de Entendimiento sobre la deuda de Yacyretá permitirá sepultar definitivamente la Nota Reversal de 1992 y volver a la vigencia plena del Anexo C del Tratado de la entidad binacional, destacó ayer el asesor de comunicación social de la misma, César Bordón.

Recordó que la citada Nota Reversal nunca fue aprobada por el Parlamento paraguayo, pero sin embargo, omisiones de gobiernos anteriores posibilitó su vigencia transitoria.

Remarcó luego que fue el actual gobierno el que inició las gestiones para corregir esta irregularidad, siguiendo los procedimientos establecidos en el Tratado de Yacyretá para la solución de controversias.

«En efecto, tomando en consideración el Art. XXI del Tratado de Yacyretá, que establece el mecanismo a seguir en casos de controversias, a finales del 2003 se ha creado una comisión negociadora binacional cuyo resultado hoy tenemos a la vista con la Propuesta de Acuerdo que está siendo ampliamente debatida en todos los estamentos de nuestra sociedad -Poder Legislativo, Poder Judicial, sindicatos, universidades, organizaciones no gubernamentales- como nunca antes ocurrió», señaló.

Con la anulación de la Nota Reversal de 1992, el Paraguay podrá recibir ya desde este año 500 millones de dólares en concepto de compensaciones, que fueran diferidos para su pago recién a partir del 2019.
Fuente: La Nación, Paraguay.

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