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(Chile) Conama V Región no acoge a tramitación proyecto eólico Punta Curaumilla

Jul 13, 2006

El proyecto de la compañía Handels und Finanz AG Chile S.A., Parque Eólico Punta Caraumilla, sufrió su primer revés a pocos días de haber presentado su Declaración de Impacto Ambiental (DIA) a las autoridades del ramo. La Conama de la V Región dio orden de no acoger a tramitación el proyecto y dijo que la […]

El proyecto de la compañía Handels und Finanz AG Chile S.A., Parque Eólico Punta Caraumilla, sufrió su primer revés a pocos días de haber presentado su Declaración de Impacto Ambiental (DIA) a las autoridades del ramo. La Conama de la V Región dio orden de no acoger a tramitación el proyecto y dijo que la medida fue adoptada en base a que la Región de Valparaiso debe velar por el cumplimiento de todos los requisitos ambientales aplicables al Proyecto «Generadora Eólica Punta Curaumilla Generadora Eólica Punta Curaumilla» de la Señora María Eugenia Sagredo Wagner en representación de Handels und Finanz AG Chile S.A.; que, el documento presentado no cumple con los requisitos formales señalados en el artículo 14, 15, y en el inciso primero del artículo 16, todos del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA); y que la localización del proyecto se superpone y/o es aledaña con uno de los «Sitios de la Estrategia para la Conservación Regional de la Diversidad Biológica», sancionado por la Corema V Región, específicamente al sitio denominado «Punta Curaumilla- Las Docas-Quintay-Quebrada Lampaiquillo».

Así, la autoridad informó que ya que el titular no entregó los antecedentes que acrediten que el proyecto no afectará el sitio mencionado, por lo que debe analizar el Art.11 letra b) de la Ley 19.300 y el Art. 6 de su Reglamento con este nuevo antecedente, para determinar si requiere o no un Estudio de Impacto Ambiental; que la Estrategia Regional para la Conservación de la Biodiversidad, deriva de la ratificación por el Estado de Chile de la «Convención sobre la Biodiversidad Biológica», mediante Decreto Supremo Nº 1963 del 09 de Septiembre de 1994, del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial el 06 de Mayo de 1995, por lo que constituye un compromiso del Estado Chileno; que el titular del proyecto no identifica ningún Permiso Ambiental Sectorial (PAS), sin embargo señala que rescatará, entre otros, ejemplares de cururos y que realizará un Plan de Manejo Forestal (corta y reforestación), ambas actividades asociadas a PAS que deben ser acreditados durante el proceso de evaluación del proyecto . Al respecto deberá analizar la aplicabilidad de los PAS 98, 99 y 102 del Reglamento del SEIA; y que falta incluir como antecedente básico para la evaluación del proyecto el «Certificado de Informaciones Previas», otorgado por la I. Municipalidad de Valparaíso, con la finalidad de verificar que el uso actual permitido del suelo es compatible con la localización del proyecto, se resuelve dar orden de no acoger a tramitación esta iniciativa.

Se prevé, en todo caso, que la empresa a cargo del proyecto revise la DIA, le inserte los adendum correspondientes y vuelva a presentar el proyecto.

Cabe consignar que el proyecto apunta a instalar un parque eólico, cuyo costo asciende a los US7,9 millones, que tendrá una capacidad de generación de 33 GWh anuales, ello aprovechando las excelentes condiciones de viento que existen en Punta Curaumilla, en la V Región.

Este parque eólico cumplirá la función de generar energía eléctrica para satisfacer las demandas de la Zona I de la Armada de Chile, alrededor de 27 GWh anuales.
Fuente: Electricidad Interamericana.

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